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La protección de datos y el derecho a su cuidado

Protección de Datos, Derechos ARCO

Sin duda la protección de datos y el derecho a su cuidado, en nuestra vida se encuentra expuesta a una vigilancia continua e inadvertida, afectando potencialmente los aspectos más importantes sensibles de nuestra vida, como señala la Agencia Española de Protección de Datos “desde que nuestros padres escogieron nuestro nombre, los datos van creciendo, conforme a la vida de las personas, aunque no se sea consciente de ello, se facilitan muchos datos personales por medio de la red” (Agencia Española de Protección de Datos, 2012). Teniendo una gran necesidad de entender la importancia del cuidado y protección de nuestros datos, más en estas épocas de globalización digital.

Ahora bien, la relevancia que tiene el tema de privacidad –en particular, la vida privada y la intimidad– se ha visto reflejado en materia de derechos en los últimos años. Las nuevas tecnologías de la información han puesto en el punto de discusión estos tópicos ¿Cuál es la importancia de su protección? La dinámica social de conocer sobre los otros se facilita gracias a las redes informativas. En la sociedad de la información, sólo hay que recordar que lo más importante son los datos que constituyen información relevante, misma que genera poder.



Hay que mencionar que, la protección de datos personales en México, ha sido un tema que ha tomado mayor relevancia en los últimos años, sin embargo, aún es un derecho que muchas personas no consideran al interrelacionarse con otros por medio del internet, por ejemplo, el organismo público encargado de velar por la Protección de Datos Personales en España plantea al explicar de forma didáctica que, “un nombre escrito en una pantalla no demuestra nada, hay que asegurarse de que la otra persona es quien dice ser el amigo, más cuando escribe desde una cuenta que no se conocía, no hay que fiarse, lo mejor es hablar con él en persona, para asegurarse de quien escribe las cosas que envía por internet” (Agencia Española de protección de datos, 2018). Siendo tan fácil proporcionar nuestros datos personales, a cualquiera que pregunte de todo, por ejemplo, en las redes sociales, donde es tan fácil andar presumiendo lugares, reconocimientos, cosas que se compraron, vacaciones, etcétera. Donde se proporcione domicilio, nombre completo, número telefónico, correo electrónico, como sucede cuando se utilizan aplicaciones en Facebook, Instagram, Twitter, entre otros.



Lo más importante a considerar es que, la protección de datos personales en México tuvo una apertura visible con la llegada de las nuevas tecnologías en la vida cotidiana, cada vez más perceptible, fue uno de los cambios, además esta protección surgió a partir de los derechos de transparencia y acceso a la información que dieron escenario a la creación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFAIPG), la cual sin dudarlo ayudó a concebir el tema de la Protección de datos personales, aunque sólo de manera accesoria de otros derechos. En la citada legislación se establecieron reglas mínimas para el tratamiento de los datos personales con los que contaban los entes y dependencias de la Administración Pública mismos que tenían como fin garantizar un derecho que se estaba conformando en el marco normativo mexicano. Siendo hasta junio de 2010 por fin se aprobó una ley que buscó regular de manera más amplia el tema de protección de datos personales, con esta nueva norma se reguló a los particulares que poseyeran bases de datos personales susceptibles de tratamientos.

Así mismo, el Derecho de Protección de Datos Personales en México se estableció de manera concurrente en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de julio de 2010, lamentablemente la relevancia que se le dio al tema fue mínima por el trato subordinado al derecho de acceso a la información y transparencia, al grado, de que únicamente tutelaba la protección de datos personales en posesión de entes públicos, con la actualización de la Ley Federal de Transparencia y Acceso .a la Información Pública, así como la publicación de la LEY General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, ambas en 2017, se tiene un derecho cuya protección, es de la atribución exclusiva a la federación, para legislar en el tema, tanto en el ámbito particular, como en el gubernamental.

Puede agregarse que, en la actualidad en las redes sociales, cuando se abre una cuenta de usuario se proporciona una sección especial acerca de los datos personales, la verdad es que la mayoría de los usuarios, pasan desapercibidos a esta sección y se dedican a compartir información, sin tomar en consideración que estamos frente a derechos que surgen de la nueva dimensión de las relaciones sociales del hombre; la cual se caracteriza por la producción, la circulación y el consumo de información de una manera descomunal.

En efecto al ser una evolución en los derechos de las personas, la protección de los datos personales debería tomarse más en serio, no solo por los proveedores de internet, las redes sociales y demás, sino por los propietarios de los datos, creando una conciencia más especifica sobre las consecuencias del mal uso de la información personal, lamentablemente la Protección de Datos Personales en México carece de una seriedad para su regulación, al reglamentar el derecho de acceso a la información.

Con todo lo planteado hasta ahora, resulta necesario generar más información sobre la administración de los datos personales, toda vez que, el mal uso puede ocasionar no solo delitos. Además, la problemática global con la transmisión internacional de datos personales no se ha resuelto de manera local, la vulneración a la privacidad de las personas por la cesión de sus datos sin su consentimiento se ha vuelto un constante, se han dado a conocer que los implicados son tanto los gobiernos, como las empresas, por lo cual estamos ante un derecho que se está volviendo más sensible cada día. Por lo tanto, se debe reestructurar la normatividad de protección de datos personales, para que se incluya de igual forma el derecho a la privacidad, considerándolo de manera precisa como el derecho fundamental a resguardar en la normatividad de protección de datos personales.

Referencias

Agencia Española de Protección de Datos. (2012). LA PROTECCIÓN DE DATOS ES TU DERECHO, CONÓCELO. Madrid, España. Obtenido de https://www.youtube.com/watch?v=lRozhQS6kN8

Agencia Española de protección de datos. (2018). La historia de Viginia. Madrid, España. Obtenido de https://www.youtube.com/watch?v=wRTfC1EjNIE

 

Gabriel Aranda Z.

Profesional especializado en temas de Seguridad Social, laboral, fiscal en México, se ha desempeñado en diferentes empresas a nivel nacional, actualmente se desarrolla como consultor independiente. En proceso de titulación en Derecho en el Sistema de Enseñanza Abierta de la Universidad Veracruzana. Instructor de capacitación certificado bajo la norma CONOCER.

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