El Estado Mexicano recauda ingresos a través de una combinación de impuestos, derechos, multas, venta de bienes y servicios, programas de inversión y préstamos. Estas formas de recaudación de ingresos son esenciales para financiar los gastos del gobierno y brindar servicios y programas a la población. Todas las personas que se encuentran en México, tienen un derecho fundamental muy importante, como lo es, el Derecho al Desarrollo Nacional, -Artículo 25 de la Constitución Mexicana- que mediante el plan nacional de desarrollo, el gobierno federal lleva a cabo las disposiciones para las que fue instituido, este desarrollo nacional, no se puede lograr sino con las tres funciones, de las finanzas públicas del Estado (Flores, 1946), la Asignación, Distribución, y la Estabilización, partiendo justamente de la obtención de recursos económicos para consumar el Desarrollo Nacional de todas las personas en México. Las formas de recaudación ingresos del Estado Mexicano
Una de las formas, más certeras para obtener recursos económicos, por parte del Estado, es por medio del pago de los Impuestos. Ciertamente, la recaudación de ingresos en un país, representa uno de los temas de mayor relevancia dentro de una economía, tal como lo es México, toda vez que se tiene la obligación constitucional de contribuir al gasto público, consagrándose como una de las formas de la actividad financiera del Estado. Por lo cual, se dirige a vincular estrechamente el sistema de ingresos y gastos estaduales con las actividades económicas de particulares, con el objeto de encontrar fuentes adecuadas para la percepción de ingresos públicos, al igual que la procuración de más y mejores beneficios para la sociedad en general, al ejercer el gasto social, el Estado, de esta forma la política económica tiende a regir toda la actividad de capital social, que tenga por objeto alcanzar los máximos objetivos, señalados en el Plan Nacional de Desarrollo, como es el caso de la procuración del bienestar general y la justicia social.
En cuanto, al derecho fundamental al desarrollo debe entenderse en un sentido integral, más allá del aspecto estrictamente económico, es la parte neurálgica de las actividades del Estado, buscando todo el tiempo la dignidad de todas las personas que se encuentran en el territorio nacional; Este fin del Estado solo se concreta, cuando se logra el crecimiento económico, el empleo, la distribución justa del ingreso y la riqueza, entre otros medios, como la participación ciudadana, la justicia, la igualdad, un medio ambiente sano, citando algunos ejemplos.
El numeral 25, de la carta magna, en México, establece una serie de acciones que corresponde realizar al Estado, que están ligadas con el desarrollo nacional, en tanto derecho de las personas a participar en éste, también con el derecho humano al desarrollo, como lo es el caso, donde el Estado debe velar por la estabilidad de las finanzas públicas y del sistema financiero para coadyuvar a generar condiciones favorables para el crecimiento económico y el empleo.
De tal forma, que el Estado es el encargado de instrumentar y ejecutar la política económica al establecer objetivos y metas, así como programas y políticas públicas, evaluar las acciones aplicadas y procurar los acuerdos necesarios entre los diferentes grupos económicos y sociales, a fin de tener capacidad de conducción hacia el crecimiento y desarrollo económicos.
“La actividad financiera del Estado tiene un contenido económico que constituye su carácter universal, ya que se refiere siempre a la obtención de los medios para la satisfacción de necesidades. Pero, además, esa actividad está determinada por elementos políticos como consecuencia de la naturaleza de su sujeto activo, que actúa en función de intereses generales valorados con criterios relativos según las circunstancias de tiempo y lugar.” (Valdez, 1992)
Es por ello por lo que las finanzas públicas se han convertido en la parte sustantiva de la política económica y el ejercicio del gobierno. Primero porque el manejo de las finanzas públicas incide en el comportamiento de las principales variables macroeconómicas; segundo porque las finanzas públicas, es la base para actuar de los gobernantes, de modo, que, si no hay recursos o si son insipientes, no hay una adecuada capacidad de gobierno.
Las finanzas públicas, son aquellas, donde el Estado se procura de los recursos necesarios para estar en condiciones de sufragar gastos públicos, destinados a satisfacer las necesidades colectivas a su cargo mediante la prestación de los servicios públicos correspondientes, cumpliendo con el Plan Nacional de Desarrollo, que cada sexenio se hace público, teniendo la necesidad de recursos, de la cual surge la actividad financiera del Estado y por lo tanto nace el vínculo entre el Estado y las personas.
Estos recursos, el Estado, los obtiene de la explotación de su patrimonio, del de los particulares (sistema tributario) o del ejercicio del crédito público, para estar en condiciones de cumplir con las atribuciones que le han sido otorgadas por ley, como es el caso de satisfacer en la medida de lo posible las necesidades colectivas.
El sistema tributario de cada país deberá ser una de las fuentes más importantes que los gobiernos tienen para hacerse llegar de recursos, toda vez, que lo que se busca todo el tiempo es que los encargados de gobernar, tengan los capitales suficientes para lograr el desarrollo nacional, siendo esta la razón de ser de los impuestos.
Hoy en día existe consenso sobre la debilidad del sistema tributario mexicano, propiciado por la baja recaudación impositiva y la dependencia de los ingresos, principalmente provenientes del petróleo.
Debemos tener presente que la obligación de contribuir al gasto público es mandato constitucional de todas las personas que se encuentren en territorio nacional, señalado en el Artículo 31 Fracción IV, de la suprema ley. El mandamiento señalado traduce substancialmente en el deber de contribuir, esto es en prestaciones en dinero o especie que fija la ley con carácter general y obligatorio, orientado en la mayoría de los casos al pago de impuestos, sin embargo la obligación de contribuir, entraña no solo el pago de impuestos, sino el de derechos fiscales, recargos y multas, en cuya virtud las modalidades constitucionales de toda contribución a cargo de los mexicanos comprenden a todos estos tipos de prestaciones económicas a favor del Estado.
Del mismo modo en el Artículo 2 del Código fiscal de la federación menciona, que las contribuciones se clasifican en impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos. Como ya se mencionó, los impuestos son una fuente vital de recursos económicos para la mayoría de los gobiernos a fin de financiar la infraestructura y servicios esenciales para sus ciudadanos, la política tributaria, desempeñar un papel importante en la redistribución de la riqueza dentro de una economía. Buscando que las personas tengan el Desarrollo Nacional, la prestación de servicios tal como: agua potable, energía eléctrica, internet, el acceso a la educación, por citar algunos, siendo el fin del sistema tributario de México. Dicho de otro modo, es una forma de enfrentar la pobreza y la desigualdad mediante la tributación, pues son los pobres los que tienden a depender más de los servicios esenciales financiados con fondos públicos.
Siendo así, tenemos en las aportaciones de seguridad social, la garantía al acceso al derecho humano y fundamental, consagrado en la carta magna, de la salud, para sus asegurados y derechohabientes, garantizando un futuro económico a los pensionados. Así mismo, dentro de las aportaciones de seguridad social, está el derecho fundamental a la vivienda, donde los asegurados podrán gozar de una vivienda digna y decorosa, accediendo a ella por medio de un financiamiento hipotecario de carácter social.
Del mismo se encuentran las contribuciones de mejora son todas aquellas que se recaudan por el uso de un bien, surge como una forma de compensar al ente público por una obra o actividad que les beneficia a la población, y por ello contribuyen de forma individual y proporcional con un importe que va asignado a cubrir los gastos de la obra pública o actividad. Está claro que año con año el Estado realiza obras públicas, tal como es el alumbrado, drenaje, alcantarillado, pavimentación, restauración de obras públicas, entre otros.
Así como también se localizan los derechos y aprovechamientos que son las cantidades que el Estado obtiene por realizar trámites, ubicarte en parques nacionales los cuales la igual que los impuestos, no se tiene certeza del destino de los mismo como ejemplo, los derechos que se pagan, al obtener actas de nacimiento, actas de defunción, actas de matrimonio. Y además por último y no menos importante también se tienen las multas, accesorios, recargos que son otros ingresos que el Estado percibe.
Es importante señalar que los ingresos se dividen en tributarios y no tributarios. En cuanto a los ingresos tributarios, el Estado cuenta con la facultad de exigir determinados recursos a las personas, se consideran ingresos tributarios a los impuestos, aportaciones de seguridad social, las contribuciones de mejoras y los derechos, así como sus accesorios. La legalidad de los gastos públicos constituye el primer límite a la potestad tributaria normativa del Estado, haciéndose valer a través del presupuesto de egresos y leyes posteriores, siendo estos determinantes para las erogaciones que efectuará el Estado.
Por otro lado, los ingresos no tributarios, este tipo de ingresos derivan de la explotación de los recursos del Estado y de los financiamientos que obtiene por diferentes vías a fin de cubrir su presupuesto, siendo los patrimoniales y crediticios. Cabe mencionar que la totalidad de contribuciones existentes en México sirven para financiar el gasto público en conjunto, sin pretender destinar un impuesto a un fin particular.
Si bien es cierto que cuando se contribuye no está determinado en ese momento, el fin o destino que tendrá ese ingreso para el gasto público, también es cierto que muchas de las cantidades que se declaran, como recargo, actualizaciones e incluso algunas multas no están contempladas en los ingresos que en ese ejercicio el Estado pretende recaudar, por lo que al saber a dónde se destina es una manera de tener transparencia económica.
En definitiva, en el Plan Nacional de Desarrollo se precisan los objetivos, estrategias y prioridades que se tendrán durante el sexenio para el desarrollo y crecimiento del estado. Destacando que el Estado en uso de su poder, establece las contribuciones necesarias a sufragar los gastos públicos, y los particulares sometidos a ese poder y por mandato Constitucional están obligados a aportar.
En pocas palabras las relaciones fiscales y financieras constituyen una parte importante en las finanzas públicas, pues presentan el imperativo del Estado, que afirma permitir a éste obtener los recursos necesarios para cubrir los gastos que derivan del cumplimiento de sus funciones. Por lo que corresponde a las Finanzas Públicas, una nueva reforma debe garantizar que efectivamente haya un verdadero sistema federal, para que permita el desarrollo y crecimiento de la nación, en los ámbitos tanto económico, político y social. De esta manera se buscaría tener una mejor recaudación de ingresos para el país, de una manera equitativa y proporcional.
Por ultimo las políticas públicas federales deberán construirse con una dinámica que vaya de la periferia al centro y no al revés. Por lo que, en México actualmente se reclama una visión de conjunto en la cual su grandeza como país, descansa en la fortaleza de sus regiones. La descentralización como proceso político y de mayor eficiencia en el uso de los recursos, está en el centro de la democracia y el federalismo.
Por lo que corresponde a las Finanzas Públicas, una nueva reforma debe garantizar que efectivamente haya un verdadero sistema federal, para que permita el desarrollo y crecimiento de la nación, en los ámbitos tanto económico, político y social. De esta manera se buscaría tener una mejor recaudación de ingresos para el país, de una manera equitativa y proporcional.
Referencias
Delgadillo Gutiérrez, L. a. (2010). Principios de Derecho tributario . México: Limusa.
Diario oficial de la federación. (2006). Obtenido de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpeum.htm
Flores, E. (1946). Elementos de Finanzas Públicas mexicanas. México: Porrúa.
Rios, G. (2014). Derecho tributario . México: Porrúa.
Sánchez Miranda, A. (2007). Aplicación práctica del Código Fiscal 2007. México: Isef.
Tello, C. (2014). Estado y desarrollo económico.
Uresti, H. (2002). Los impuestos en México. México: Tax.
Váldez, R. (1992). Instituciones de derecho tributario . Argentina : Palma.
Las formas de recaudación ingresos del Estado Mexicano